
El presidente de la República, Daniel Noboa, firmó el Decreto Ejecutivo N.º 431, mediante el cual dispuso la suspensión de la jornada laboral en todo el territorio nacional para el viernes 26 de junio de 2026. La decisión aplica tanto para el sector público como para el privado y la jornada no deberá ser recuperada.
La medida entró en vigencia desde la suscripción del decreto y se ampara en las atribuciones constitucionales del jefe de Estado, así como en la normativa que le permite suspender jornadas laborales extraordinarias.
Los servicios esenciales continuarán operando señaló Noboa.
El decreto

establece que, pese a la suspensión de actividades, los servicios esenciales deberán mantenerse operativos. Entre ellos constan el abastecimiento de agua potable, energía eléctrica, atención en salud, bomberos, terminales aéreas, terrestres y fluviales, además de los servicios bancarios.
Las instituciones públicas deberán organizar el personal indispensable para garantizar la atención a la ciudadanía durante la jornada de suspensión. La ejecución de la disposición estará a cargo del Ministerio de la Producción, Comercio Exterior e Inversiones y del Ministerio de Gobierno, en coordinación con las entidades competentes.